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Coeficiente de Ocupación - Código de Edificación CABA - Reglamento Técnico RT-030803-020303-02.


1. Cálculo de población en un local
1.1. Locales con coeficiente de ocupación máximo

La Ocupación Real “es la ocupación adoptada por el usuario, la cual puede superar o igualar la ocupación teórica, pudiendo alcanzar la ocupación máxima”1. La Ocupación Real tiene valor de declaración jurada y deberá ser respetada en el funcionamiento del Edificio. Este es el valor que debe utilizarse como referencia para el Cálculo de la Ocupación de la Superficie de Piso , conforme al Artículo 3.8.3.2.3.1 y para el cálculo de Medios de salida y cálculo de Población Total del Edificio según el Artículo 3.8.3.2.3.2.
La Ocupación Real se adopta según la particularidad pedagógica de cada Institución educativa (aulas con más o menos densidad de ocupación).

 

1.2. Locales sin coeficiente de ocupación máximo
En estos locales el cálculo de población se calculará, aplicando exclusivamente el Coeficiente de Ocupación Teórico, sin ninguna variación.
La Ocupación Real de una Planta o sector no puede superar la capacidad proyectada de los medios de Salida (ver ejemplos 2.2, 2.4 y 2.5).

Cuadro de Coeficiente de Ocupación Teórica, Ocupación Máxima según lo establecido en el Capítulo 3.8.3 Educación del Código de Edificación

 

 Nivel  - Local  Coeficiente de  Ocupación Teporico  Coeficiente de  Ocupación Máxima  Tipo de Ocupación  
 Inicial           
 Sala de Juegos    2,00 m2/p    1,35 m2/n    Permanente  
 Sala de 1 año (1)    2,00 m2/p    1,35 m2/n    Permanente  
 Sala de 45 días a 1 año (1)    2,00 m2/p    2,25 m2/n    Permanente  
 Comedor    2,00 m2/p    1,35 m2/n    Permanente  
 Primario/ Secundario           
 Aulas    2,00 m2/p    1,35 m2/al    Permanente  
 Locales de Uso especializado    2,00 m2/p    1,35 m2/al    Eventual o Alternativo  
 Aula-Actividades No Contempladas    6,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Patio (2)    2,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 SUM    2,00 m2/p    1,00 m2/al    Eventual o Alternativo  
 Comedor    2,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Salón de Actos    2,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Gimnasio    5,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Aula Magna -Auditorio    2,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Sala Lectura Biblioteca    5,00 m2/p    N/A    Eventual o Alternativo  
 Sala de primeros Auxilios    3,00 m2/p    N/A    Eventual o Alternativo  
 Enfermería / Consultorio Médico    3,00 m2/p    N/A    Permanente  
 Locales de Uso de Personal    6,00 m2/p    2,00 m2/p    Permanente  
 Otros Locales de Uso Especializado para Alumnos (no exclusivo)    6,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Escuela Educación Especial           
 Aulas de Escuela(3)    2,00 m2/p    1,50 m2/p    Permanente  
 Aulas Adultos (3)    2,00 m2/p    2,00 m2/p    Permanente  
 Aulas Inicial (3)    2,00 m2/p    3,00 m2/p    Permanente  
 Superior / Universitario           
 Aulas    2,00 m2/p    1,35 m2/p    Permanente  
 SUM    2,00 m2/p    1,00 m2/p    Eventual o Alternativo  
 Otros usos           
 Locales Administrativos    6,00 m2/p    N/A    Permanente  
 Salas Reuniones Personal    3,00 m2/p    N/A    Eventual o Alternativo  

 

Referencias:
al: alumnos / alumnas
n: niños/ niñas
p: personas
N/A: No aplica
(1) Existe límite de Cantidad de niñas/os por Sala, conforme lo estipula el Código de Edificación en los Artículos 3.8.3.6.1.4 y 3.8.3.6.1.5
(2) En el caso en que no conforme local, podrá no tener capacidad, siendo a efectos del cálculo el equivalente a un medio de circulación.
(3) Existe límite de cantidad de niñas/os por aula conforme lo estipula el Código de Edificación en el Artículo 3.8.3.6.3

 

En Aulas, donde el Coeficiente de Ocupación Máximo se refiere a alumnas/os o niñas/os, se debe añadir el o los docentes presentes en el local para definir la Ocupación Real. Como mínimo deberá contabilizarse un docente en cada aula o sala, que se adicionará, a efectos de cálculo de capacidad, a la cantidad de alumnos/ as o niños/ niñas.
En niveles destinados a menores de edad, debe discriminarse la ocupación de adultos y menores de edad a efectos del cálculo de las variables relacionadas con la capacidad.
Por ejemplo: superficie de patios en relación a cantidad de alumnos; servicios de salubridad afectados a adultos y a menores de edad (adultos, alumnos y alumnas menores y niños/ niñas).
Cuando un local presenta características particulares que justifiquen un coeficiente de ocupación teórico diferente, el mismo se adoptará por analogía con actividades similares, todo ello conforme lo establece el cuadro del Artículo. 3.4.7.2 Coeficiente de Ocupación.

 

    equivalencia en cuadro de art. 3,4,7,2 Coeficiente de Ocupación    Coef. Teórico  
 Depósito de Libros Biblioteca    Bibliotecas-Áreas de estanterías de libros (sin acceso de público) -Depósito de libros    40,00 m2/p  
 Aula Estudio de radio -TV    Estudios de radio, televisión, grabación de sonido Sin concurrencia de público    6,00 m2/p  

 

4. Ejemplos
4.1. Ejemplo de Cálculo de Ocupación de Local Educativo
4.1.1 Aula de Escuela
Superficie Total 54 m2
S.U.A.2 51 m2
Ocupación Máxima 51 m2 / 1,35 m2/al. = 37 alumnos
Ocupación Teórica 51 m2 / 2,00 m2/pers. = 25 personas
Ocupación Real3: Valor intermedio entre la Máxima y la Teórica (debe contabilizarse 1 docente)

 

Lic. Leonardo A. Delgado